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DOTACIÓN DE MATERIALES CURRICULARES 4º Y 6º

Jueves, 19 Marzo, 2015

PUBLICADA RESOLUCIÓN PROVISIONAL AYUDAS 4º y 6º.

Plazo de reclamación hasta el 26 de junio.

 

Información anterior: 

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES SERÁ DESDE EL DÍA 18 DE MARZO HASTA EL 10 DE ABRIL, AMBOS INCLUSIVE, Y SOLAMENTE SE PODRÁ REALIZAR DE FORMA TELEMÁTICA MEDIANTE LA SECRETARIA VIRTUAL DE LA PLATAFORMA EDUCATIVA PAPÁS 2.0.

Nuevo: Nota información a las familias de 4º y 6º que aún no sepan en qué centro se matriculará el alumno/a  (Ver documento adjunto en la zona inferior de este artículo)

Con fecha de 18/03/2015 se publica la Orden de 16/03/2015 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el libramiento de fondos a centros públicos para la dotación de Materiales Curriculares en los cursos de 4º y 6º de Educación Primaria para el curso escolar 2015/2016.

Esta convocatoria está dirigida al alumnado que en el curso escolar 2015/2016 vaya a estar matriculado en Centros Públicos en los cursos de 4º y 6º de Educación Primaria para solicitar materiales curriculares en régimen de préstamo gratuito. (Alumnos que actualmente cursan 3º y 5º)

Los materiales curriculares se concederán al alumnado con menores recursos económicos.

Las demás familias deberán adquirir dichos materiales curriculares.

La renta per cápita se calcula con los ingresos de la familia dividido entre el número de miembros de la misma. La renta per cápita no puede ser superior a 4.250 € para ser destinatario de estas ayudas. Los recursos económicos serán los que disponía la familia en el año 2013, no la situación actual, ya que es la última declaración de la renta realizada y por tanto, los últimos datos con los que dispone la agencia tributaria. 

El plazo comienza el 18 de marzo y finaliza el 10 de abril (ambos inclusive).

El único medio de presentación de las solicitudes por parte de las familias es de forma telemática mediante la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0, en este enlace: https://papas.educa.jccm.es/papas/. Deberán disponer de usuario y contraseña o certificado digital reconocido por la plataforma @firma del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Si no disponen de claves, deberán pasarse por la Secretaría de cualquier Centro educativo para solicitarlas. La solicitud deberán firmarla ambos progenitores. En el caso de divorcio o separación legal no se considerará miembro computable al progenitor que con fecha 31 de diciembre de 2013 no convivía en la unidad familiar. En este caso la solicitud será firmada sólo por el tutor que convive con el alumno y marcar la casilla donde se indica que la solicitud será firmada por un solo progenitor. El solicitante deberá justificar esta situación.

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PDF icon Nota famlias 4º y 6º.pdf257.82 KB